COORDINADORES
Los coordinadores constituyen el personal de Apoyo y Asesoría, que están comprendidos por: Coordinador (a) de Evaluación y Control de Estudios, Coordinador(a) de COPRODES, Coordinadores Pedagógicos, Coordinador(a) de Deportes, Coordinador(a) de PAEB, Coordinador(a) de Recursos de Aprendizaje, Coordinador(a) de Desarrollo Endógeno y Coordinador(a) del Centro Ambiental Francisco Tamayo).
SECCIÓN I
COORDINADOR(A) DEL DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN
Artículo 36 º: El o la Coordinadora de Evaluación del plantel tendrá los siguientes Deberes y atribuciones:
1. La Coordinación de Evaluación, tiene como finalidad hacer cumplir las normativas legales vigentes establecidas en la Ley Orgánica de Educación (Art. 44), (Resoluciones Complementarias sobre el Proceso de Evaluación dentro de la institución y otras circulares referidos a la evaluación. Así como velar por el desarrollo de los planes y programas de estudio y su correcta aplicación, asistiendo a los docentes en el mejoramiento de los métodos, técnicos y procedimientos de enseñanza. Y uso de materiales didácticos y para el mejoramiento profesional.
2. Divulgar los lineamientos, instructivos y normativas que rigen en materia de evaluación
3. Diseñar, instrumentar, ejecutar, controlar y evaluar el plan de trabajo anual del departamento
4. Asesoría en el aspecto técnico con la dirección del plantel y otros departamentos, en materia de planificación
5. Promover, coordinar y realizar jornadas sobre el proceso de evaluación educativa para los docentes de la institución donde labora
6. Asesorar y participar en los consejos de sección
7. Supervisar y controlar el proceso de evaluación que se lleva a cabo en la institución
8. Elaborar informes sobre el rendimiento cuali-cuantitativo del proceso educativo de la institución
9. Supervisar, controlar y procesar la información relacionada con el rendimiento de los estudiantes
10. Asesorar a los docentes en materia de diseño, aplicación y corrección de los instrumentos de evaluación
11. Aportar soluciones a las dificultades surgidas del proceso evaluativo
12. Analizar conjuntamente con el departamento de evaluación y otras coordinaciones de la institución los casos de estudiantes con problemas de rendimiento.
13. Analizar y resolver situaciones relacionadas con las asignaturas regulares, irregulares, quedadas, calificaciones, modificaciones datos transferencia equivalencia entre instituciones de estudios nacionales
14. Mantener el control de los documentos que registre la actuación y el rendimiento escolar de los estudiantes
15. Coordinar el proceso relativo escolar, de la participación de pruebas y otras formas de evaluación de la institución
16. Sustanciar los expedientes relativos a la nulidad y revisión de cualquier forma de evaluación y otros aspectos relacionados con esta materia.
17. Mantener una comunicación efectiva con todo el personal de la institución a fin de facilitar la participación y el compromiso de todos hacia el logro de los objetivos institucionales.
18. Las demás funciones que señala la ley, reglamento y otras disposiciones de carácter legal.
SECCIÓN II
COORDINADOR(A) DE CONTROL DE ESTUDIOS
Artículo 37 º:El o la Coordinadora de Control de Estudios del plantel tendrá los siguientes Deberes y atribuciones:
1. Aplicar, Organizar, Coordinar asesorar y controlar aquellas actividades relacionadas con matrícula, ingreso, egreso, registro de información, certificaciones, equivalencias, y constancias relacionadas con los estudios que se realicen en la institución.
2. Coordinar las Unidades de Apoyo Pedagógico.
3. hacer cumplir las normativas legales vigentes establecidas en la Ley Orgánica de Educación (Art. 46, 47 y 48 de la L.O.E.),
SECCIÓN III
COORDINADOR(A) DE PROTECCIÓN Y DESARROLLO ESTUDIANTIL (COPRODES)
Artículo 38º:El o la Coordinadora de Protección y Desarrollo Estudiantil (COPRODES) del plantel:
Es una unidad básica operativa la cual cuenta con un personal capacitado en las siguientes especialidades: Psicología, Trabajo Social, Sociología, Orientación, Medicina, Odontología y cualquier otro servicio de la salud que se requiera. La misma tendrá los siguientes Deberes y atribuciones:
1. Planificar, programar, diseñar, evaluar y aplicar acciones enmarcados al cumplimiento del programa de protección y desarrollo estudiantil, a partir de la detención de problemas y necesidades de la población estudiantil, familia y comunidad.
2. Ejecutar acciones preventivas y asistenciales con la ayuda de formación de redes.
3. Ejecutar acciones de investigación, promoción, difusión, formación, actualización y participación por parte de la población estudiantil, familia y comunidad.
4. Realizar orientación, asesoría y prestar atención a la conciliación de los casos que se le planteen y referirlos a los entes correspondientes superiores.
5. Elaborar informes periódicos sobre los avances, logros y alcances en lo referentes a las competencias de protección y desarrollo estudiantil.
6. Elaborar e implementar propuestas en materia a protección y desarrollo estudiantil.
7. Las demás funciones que se le asignen en materia a sus competencias.
SECCIÓN IV
COORDINADORES DE LA UNIDAD DE APOYO PEDAGÓGICO (U.A.P.)
Artículo 39º: Son deberes y atribuciones del coordinador (a) de la Unidad de Apoyo Pedagógico:
1.- Ordenar la elaboración de las nóminas de los estudiantes de las secciones adscritas a la Unidad de Apoyo Pedagógico, antes de iniciarse las labores docentes del Año Escolar.
2.- Velar porque los docentes colaboren en la disciplina de los educandos adscritos a la U.A.P.
3.- Revisar cada día el diario de clases de las secciones a su cargo a fin de tomar las medidas pertinentes.
4.- Estudiar y resolver los casos de indisciplina, inasistencias y otros casos, que le sean reportados.
5.- Supervisar la elaboración de la estadística de asistencias de los estudiantes y de los docentes, los informes, documentos y registros relativos de los estudiantes.
6.- Citar y atender a los Padres y Representantes y dejar constancia escrita de los asuntos tratados, debidamente firmados por ellos.
7.- Velar por el cumplimiento de las normas establecidas para el porte del uniforme escolar y deportivo de los estudiantes.
SECCIÓN IV
COORDINADOR(A) DE DEPORTES
Artículo 40º: Son deberes y atribuciones del coordinador(a) de Deportes:
1.- Planificar y organizar las actividades deportivas internas y externas de la institución
2.- Elaborar el cronograma de las diferentes actividades deportivas del Liceo.
3.- Organizar y coordinar el apoyo logístico necesario para los eventos deportivos.
4.- Mantiene en orden el equipo deportivo.
SECCIÓN V
COORDINADOR(A) DE PAE
Artículo 41º: Los deberes del Coordinador(a) de Plan Alimentario Escolar Bolivariano:
1.- Mantener una comunicación con el coordinador(a) del Plan Alimentario Escolar de la Unidad Educativa “Víctor Manuel Olivares”, pues esta institución provee al Liceo Nacional “Ezequiel Zamora”, la merienda de los educandos para el turno de la mañana y la tarde.
2.- Llevar un control de las meriendas suministradas a los estudiantes del Liceo Nacional “Ezequiel Zamora”
3.- Recibir los alimentos enviados por la Unidad Educativa “Víctor Manuel Olivares”, asegurarse de que sean debidamente entregados a los estudiantes y garantizar la devolución del material de comedor.
SECCIÓN VII
COORDINADOR(A) DE RECURSOS DE APRENDIZAJE
Artículo 42º: Las atribuciones del Coordinador(a) de recursos de Aprendizaje:
1.-Llevar un control de los materiales didácticos existentes en la institución.
2.- Coordinar la publicación del periódico estudiantil en su presentación impresa y mural.
3.- Suministrar información de las efemérides de la semana a las distintas Coordinaciones.
4.- Dar información y ejecutar las pautas establecidas en la Coordinación Municipal de Recursos de Aprendizaje y de los entes adscritos a su Coordinación.
5.- Planificar y organizar las actividades radio escolar, periódico escolar de convivencia como: gincanas y Reto al Conocimiento, charlas y talleres en cuanto a recursos de aprendizaje tanto dentro y fuera de la institución.
6.- Organizar las escuadras de lecturas y comisiones estudiantiles del Liceo.
7.- llevar un registro de los recursos de aprendizaje con que cuenta la institución
8.-coordinar la solicitud de recursos didácticos solicitados por escritos tanto por el personal directivo como por los docentes, estudiantes de la institución.